Sobre este archivo
LA JUNTA NACIONAL DE COORDINACIÓN DEL MOVIMIENTO POLÍTICO COLOMBIA HUMANA, informa a todos sus militantes que NO HA AUTORIZADO A NINGUNA PERSONA PARA APROBAR AVALES o imponer candidatos en los territorios en nombre del Movimiento Político Colombia Humana. La expedición de los avales debe observar un procedimiento, establecido en la Resolución 081 de 2023, el cual dispone: “ARTÍCULO SEGUNDO – ACTO COMPLEJO.
El otorgamiento del aval corresponde a un acto complejo electoral interno, el cual está enmarcado desde la postulación de los aspirantes que se concreta con: - La inscripción del militante como aspirante a precandidato. - La votación en consulta interna para escoger a los aspirantes que serán elegidos por la militancia como precandidatos. - Estudio de las calidades personales, profesionales y de circunstancias de inelegibilidad del aspirante a precandidato. - No estar incurso en causal de inhabilidad, no tener antecedentes disciplinarios, judiciales, y/o de responsabilidad fiscal ante entidades estatales y/o ante instituciones de jurisdicción indígena o consejos comunitarios de comunidades afrodescendientes. - Expedición del certificado de firmeza de la precandidatura.
Solo con la expedición de este certificado adquiere firmeza la precandidatura, y en tal virtud, el aspirante adquiere la calidad de precandidato del Movimiento. (Negrilla fuera de texto). Parágrafo: Si el aspirante a la precandidatura una vez evaluado no cumple con los requisitos que dan lugar a la expedición del certificado de firmeza, emitido por el Comité de garantías, se tendrá en cuenta el resultado de la votación y orden de la lista para adquirir la calidad de precandidato (a)”.
Así mismo, Reiteramos el párrafo 3° del comunicado 005 expedido el 17 de enero de 2023: “La Dirección de la Colombia humana no aceptara ni avalara candidaturas autoproclamadas sin pasar por el procedimiento de consulta interna o el mecanismo que se determine como directriz tendiente a elegir candidatos desde la instancia de Coordinación municipal, regional, nacional o internacional. Carece de legalidad y legitimidad cualquier mecanismo en contrario conforme a nuestros estatutos y las resoluciones ya mencionadas”. (negrilla fuera de texto). El Movimiento Político Colombia Humana, aplicara los conceptos -Éticos Políticos establecido en la Resolución 081 del 8 de abril de 2023, función que realizara el Comité de Garantías posterior a la realización de la Consulta Interna, que será una instancia de construcción, participación y control político con las bases de una ciudadanía democrática, diversa, incluyente y en busca de la justicia y la paz, adopta en cada uno de sus procesos un modelo con preceptos éticos a la medida de los cambios que necesita el país.
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