Loading...
Jump to content
  • REFORESTACIÓN DE CUENCAS HIDRICAS EN PROPIEDAD PRIVADA


    JOSE GERARDO SIERRA RODRIG

    1- Política de estado general para todo el territorio nacional. creando un contexto único que interprete en detalle el sentido de la ley, (que no quede a la libre interpretación de quien tenga la capacidad de hacer las inversiones sobre éste tema).

    2- Que involucre, asocie, haga participe al propietario del predio, o a quien éste autorice o determine y no involucre a los politiqueros de la región. (intermediarios), para que sean los cuida bosques con una remuneración que les permita sustituir los ingresos sustento de las familias que se consiguen a través de la tala de bosques, creación de potreros para el cuido de ganadería indiscriminada.

    3- Todos los predios rurales deben destinar mínimo el 35.% de su exención para la re forestación, el 65% para la producción agropecuaria real activa.

    4- Debe ser imperativo el seguimiento al cumplimiento de la ejecución de la ley, la cual debe establecer los plazos y términos para su desarrollo sostenible.

    5- Se debe implementar la asociación, organización y veedurías de campesinos de la zona, para hacer más sostenible la implementación del programa de re forestación y el mercadeo de los productos agropecuarios.

    6- Promover la capacitación e implementación de tecnologías para el desarrollo rural integral, buscando que vivir en el campo sea igual o más atractivo que en las Ciudades.


    Críticas de usuarios

    Comentarios recomendados

    Estoy en capacidad de crear una fundación para comenzar el desarrollo rural integral en el Municipio de San Miguel de Sema Boyará, en una finca de 9 Hectáreas, cabecera de cuenca hidrográfica y declarada reserva forestal sin que se haya aplicado ejecución estatal alguna.

    Enlace al comentario
    Compartir en otros sitios web


×
×
  • Crear nuevo...